NIEGA la homologación del desistimiento del procedimiento que efectuase en fecha 10.08.2016, la abogada Peggi Flores Ramírez, actuando en su condición de apoderada judicial de los ciudadanos Antonio Méndez Hernández, José Méndez Hernández, Marisol Méndez Valeriano, Alexander José Méndez Valeriano y Richard Méndez Valeriano, de conformidad con lo establecido en los artículos 154, 264 y 265 del Código de Procedimiento Civil