Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Quinto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la abogada REBECA SANTANA, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada contra la sentencia dictada por Juzgado Cuarto (4°) de Primera Instancia de Juicio de esta Circunscripción Judicial del Trabajo, de fecha ocho (08) de diciembre de 2005. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por la ciudadana JULIET MARCIE, en contra del BANCO INDUSTRIAL DE VENEZUELA. por concepto de prestaciones sociales. TERCERO: Por la naturaleza del presente fallo se condena en costas a la parte demandada por haber resultado totalmente vencida en las resultas del presente recurso. Se confirma el fallo apelado.