Por las razones de hecho y de derecho precedentes, éste Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 16 de junio de 2008, por el abogado ALEJANDRO GARCIA, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, contra la sentencia dictada por el Juzgado Décimo Quinto de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 12 de junio de 2008, oída en ambos efectos en fecha 11 de agosto de 2008. SEGUNDO: INADMISIBLE la acción mero declarativa interpuesta por los ciudadanos RAFAEL EMILIO ACEVEDO RAMOS, RAFAEL BENITO GALINDEZ CEREZO, ANA MARIA SEGOVIA HERNÁNDEZ, ODALIS JOSEFINA VILLARROEL, FREDDY OMAR QUIJADA PACHECO, CARLOS ENRIQUE DUQUE PUERTAS y JOSÉ GREGORIO MOYANO ARÉVALO co.....