este Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA la transacción celebrada entre la empresa TÉCNICA NUTRICIONAL MRC, C.A., y la ciudadana SOLEIDA MORENO en los mismos términos y condiciones en ella establecidos, dejando expresa constancia que también consta en el escrito de transacción copia de cheque No. 34998000, girado contra el Banco BANESCO por un monto de CUATRO MIL SEISCIENTOS DIECISIETE BOLIVARES CON SESENTA CENTIMOS (Bs. 4.617,60), a favor del ciudadano SOLEIDA MORENO. Se da por terminado el presente asunto, se ordena su cierre informático y su archivo definitivo.-
ABG. DIEGO ANTONIO ARAUJO AGUILAR
JUEZ
ABG. JOSE ANTONIO MORENO
SECRETARIO
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