Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: UNICO: IMPROCEDENTE el recurso de apelación interpuesto por la abogada María Isabel Ron, en su condición de apoderada judicial de la Junta Liquidadora del Centro Simón Bolívar, C.A., contra el acta de fecha 27 de abril de 2012, dictada por el Juzgado Cuarto (4°) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, todo con motivo del recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la Sociedad Mercantil Empresa Inmobiliaria Parque Central, C.A., contra la Providencia Administrativa N° 0574-10, contenida en el expediente N° 079-2010-01-00244, emanada de la Inspectoría del Trabajo "Pedro Ortega Díaz" sede Caracas Sur, de fecha 25 de junio de 2010, la cual .....