III
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Décimo Octavo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR LA DEMANDA intentada por INVERSIONES ALTANO, C.A., domiciliada en esta ciudad de Caracas, Distrito Metropolitano, cuyo Documento Constitutivo Estatutario fue inscrito en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 16 de noviembre de 1978, bajo el N° 28, Tomo 128-A-Pro., representada por los Abogados OSWALDO E. ABLAN CANDIA, OSWALDO A. ABLAN HALLAK y RAFAEL I. ZAMORA AGUIRRE, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado (INPREABOGADO) con los Nros. 36.358, 67.301 y 155.514, respectivamente, contra la sucesión de quien en vida respondieran a los nombres de: YOLANDA LUISA BRANDT DE M.....