este Juzgado Séptimo (7°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, HOMOLOGA la transacción presentada en la presente Demanda, que hiciere la ciudadana AGNYS TAMOY, contra de la empresa RESTAURANT ALTO APURE, C.A, ambas partes identificadas en autos, dándole efectos de cosa juzgada, en los términos expuestos por ellas. De igual manera se expiden copias certificadas, de conformidad con lo establecido en el artículo 21 numeral 3 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, dejándose expresa constancia que se procederá a su certificación una vez que conste en autos los fotostatos correspondientes. Así se establece.-
El Juez
El Secretario
Abg. Diego Antonio Araujo Aguilar
Abg. José Antonio Moreno