Visto la diligencia presentada en fecha 13/11/2012 por la abogada Eneida Zerpa, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora, mediante el cual solicita se levante la medida de prohibición de enajenar y gravar decretada en autos. Este Tribunal visto que en fecha 05 de Noviembre de 2012, la parte actora desistió del procedimiento, la cual fue debidamente homologada en fecha 09 de Noviembre de 2012, acuerda de conformidad con lo solicitado. En consecuencia, se suspende la Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar, decretada en fecha siete (07) de Junio de 2012 y participada al respectivo registrador según oficio Nº 2012-0962, de fecha 20/06/2012