Como consecuencia de los elementos de hecho y fundamentos de derecho precedentemente expuestos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, NIEGA por improcedente la medida cautelar innominada, mediante la cual se solicitó levantar inventario de los bienes actualmente propiedad del aquí demandado, ciudadano JOSÉ ALEJANDRO IZAGUIRRE ARAUJO, así como de la de prohibición de enajenar o gravar los bienes que conforman actualmente su patrimonio, bien a título personal o bien a título de comunero en la comunidad conyugal con su señora esposa Lilian González Patiño, sin que éste previamente autorizado por el Tribunal. Y ASÍ SE DECIDE.-
EL JUEZ,
LUIS RODOLFO HERRERA GONZÁLEZ
EL SECRETARIO,
JONATHAN A. MORALES J.
En esta misma fecha, siendo las 1:25 PM, previo el cumplimiento de las formalidades de Ley, .....