DISPOSITIVO
Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Quinto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la ley, Declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por ambas partes en contra de la decisión dictada en fecha 14 de junio de 2011, por el Juzgado 4° de Primera Instancia de Juicio de este circuito judicial. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano INGEMAR LEONARDO AROCHA RIZALES contra GRUPO TRANSBEL, C.A. En consecuencia, se declara la Improcedencia del reenganche del actor a su puesto de trabajo, en los términos de la parte motiva del presente fallo; se condena a la parte demandada al pago de los salarios caídos desde la notificación de la demandada hasta el 27 de julio de 2009, a razón de Bs. 8.538,75 mensuales. TERCERO: Se MOFIDICA el fallo apelado. CUARTO: No hay condenatoria en.....