Por todo lo antes expuesto, este Juzgado Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, DECLINA su competencia por territorio y ordena remitir el presente expediente al Juzgado de Municipio del Municipio Independencia de la Circunscripción Judicial del Estado Miranda, una vez venza el lapso para ejercer el recurso de ley, y así se decide.
Regístrese y Publíquese la presente decisión y déjese copia certificada, a tenor de lo previsto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Quinto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los 16 de diciembre de 2011. Años 201° y 152.
LA JUEZ
YECZI PASTORA FARIA DURAN.
EL SECRETARIO.
AILANGER FIGUEROA
En esta misma fecha, previo el anuncio de ley, siendo la diez y quince de la mañana (10:15 a.m.), se publicó y registró la anterior sen.....