declara CON LUGAR la Rectificación del Acta de Matrimonio de fecha 09 DE FEBRERO DE 1972, inserta bajo el N° 38. En consecuencia, donde dice: "MARIA SAFIA CONSTANZO", debe decir y leerse: "MARIA SOFIA CONSTANZO", quedando así rectificada el ACTA DE MATRIMONIO antes señalada.
En tal virtud, remítase copia certificada de la solicitud y de la presente decisión mediante oficio tanto al Registrador Civil de la Secretaría Municipal del Consejo Municipal del Municipio Autónomo Sucre del Estado Miranda, y al Registro Principal del Estado Miranda, para dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 774 del Código de Procedimiento Civil y en concordancia con el artículo 502 del Código Civil.