"...Vista la solicitud del Apoderado Actor, este Tribunal Ejecutor, deja los bienes muebles debidamente Embargados Preventivamente, bajo la guarda y custodia de la Empresa Demandada, en la persona de su Apoderada Judicial abogada Jenifer Brizuela Virahonda, con la anuencia del Depositario Judicial designado, Es todo. Continuamente el Apoderado Actor expone: Me reservo el Derecho de seguir señalando bienes muebles propiedad de la demandada, para otra oportunidad previa solicitud, por cuanto el monto aquí Embargado no cubre la totalidad de la cantidad señalada en el presente Mandato, para lo cual solicito de este Tribunal Ejecutor, mantener la presente Comisión en sus archivos..."