Por los razonamientos anteriormente expuestos, esta Sala Uno (1) de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; Declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado TOMÁS A. RODRÍGUEZ VILLALBA, en su carácter de defensor privado del ciudadano JORGE FORTUNATO BENACERRAF HERRERA, de conformidad con lo establecido en el artículo 447 ordinal 5°, del Código Orgánico Procesal Penal, en contra de la decisión dictada por el Tribunal Quincuagésimo Segundo (52°) de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 02 de Noviembre de 2009, mediante la cual decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, al ciudadano IGNACIO SALVATIERRA PALACIOS, por la presunta comisión del delito de FRAUDE, previsto y sancionado en el artículo 463 ordinales 2° y 5° del Código Penal, conforme al numeral.....