PRIMERO: Declara ADMISIBLE de conformidad con lo establecido en el encabezamiento del artículo 450 del Código Orgánico Procesal Penal el Recurso de Apelación interpuesto por la ciudadana Abg. OMAIRA MORALES, Defensora Pública Penal Sexagésima Cuarta (64°) del Área Metropolitana de Caracas, en su condición de Defensora de los ciudadanos Imputados GABRIEL BARRIOS MEZA y AMADOR EDILBERTO CASTILLA, contra la decisión dictada por el Tribunal Trigésimo Octavo (38°) de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 24 de enero de 2010, cuya decisión motivada fue publicada el mismo día, mes y año en curso (24 de enero de 2010), mediante la cual decretó Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, en contra de los ciudadanos imputados GABRIEL BARRIOS MEZA y AMADOR EDILBERTO CASTILLA, titulares de las Cédulas de Identidad N° V- 25.368.304 y E- 83.024.917, respectivamente, por la presunta comisión del delito de TENTATIVA DE.....