Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Décimo Sexto de Municipio de la Circunscripción Judicial Del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara INVÁLIDA la OFERTA REAL Y DEPÓSITO presentada por la sociedad INVERSIONES INVERPIRA, C.A., a favor del CONDOMINIO DEL EDIFICIO LA PIRÁMIDE, ambas partes ya identificadas en el presente fallo. Así se decide