DECISIÓN.
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos este JUZGADO SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓNES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley, NIEGA la solicitud de la Defensora Pública Penal Nro 66° Carmen Celeste Machado del ciudadano CLEMENTE CHACÓN FRANCISCO JOSÉ, titular de la Cédula de Identidad Nro V- 16. 375.508 en relación la Reconsideración de la decisión dictada por este Tribunal en fecha 14/03/2011 mediante la cual Revoca la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad al ciudadano en mención, prevista en el artículo 256 numeral 9 del Código Orgánico Procesal Penal y acordada por el Juez 25° de Control de este Circuito Judicial Penal en la oportunidad de la Audiencia Preliminar, referida al Internamiento en el Centro de Rehabilitación Fundación José Félix Rivas, y por no comparecer por causas injus.....