DISPOSITIVA
Por todas las consideraciones expresadas este JUZGADO SEGUNDO DE JUICIO DE LA SECCIÓN DE RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, SANCIONA AL ADOLESCENTE: (IDENTIDAD OMITIDA), por el delito de: HOMICIDIO CALIFICADO EN LA EJECUCIÓN DE UN ROBO, previsto y sancionado en el artículo 406 numeral 1° del Código Penal, y se le sanciona a cumplir las Medidas de PRIVACIÓN DE LIBERTAD, por un lapso de un (1) año y LIBERTAD ASISTIDA, por un lapso de dos (2) años, establecidas en los artículos 628 y 626 de la ley orgánica para la protección de niños, niñas y adolescentes, para un total de sanción de tres (3) años, la cual debe ser debidamente ejecutada por el Juez de Ejecución de está misma Sección que le corresponda conocer de la presente causa por vía de distribución de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial P.....