Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Cuadragésimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: UNICO: TERMINADA LA PRESENTE CAUSA correspondiente a la demanda interpuesta por la ciudadana NUBIA MILEIRA MORA contra la sociedad mercantil EQUIPOS y SISTEMAS HIDROCAVEN, C.A., ambas partes suficientemente identificadas en autos.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE, y DÉJESE COPIA
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Cuadragésimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en Caracas a los diecisiete (17) días del mes de marzo del año dos mil catorce (2014). Años: 203º y 155º, de la Independencia y de la Federación, respectivamente.
LA JUEZA
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