Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Quinto (5º) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara: Primero: Procedente la Medida Cautelar de Suspensión de los Efectos del Acto Administrativo Impugnado solicitada en la demanda por Nulidad de Actos Administrativos de Efectos Particulares por la ciudadana Lorena Yraida Carmona Sosa, en su carácter de Presidenta de la entidad de trabajo Centro Integral Maia C. A., debidamente Asistida por los abogados Francisco Javier López Soto y Roger Jesús Girón Romero, IPSA Nº 40.310, y 44.009, correspondientemente, contra la Providencia Administrativa Nº 055-2022, emanada por la Inspectoría del Trabajo Miranda Este del Área Metropolitana de Caracas, adscrita el Ministerio del Poder Popular para el Proceso Social del Trabajo, en fecha 1 de julio de 2022, en l.....