Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Sexto de Primera Instancia en funciones de Control de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decreta PRIMERO: LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL POR PRESCRIPCIÓN DE LA MISMA, en consecuencia acuerda SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA seguida al joven adulto PATRON GUZMAN ALFONSO JESUS (INDOCUMENTADO), todo de conformidad con lo establecido en el numeral 3° del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el numeral 8° del artículo 48 Ejusdem, y artículo 615 de la Ley Orgánica Para la Protección del Niño y del Adolescente. SEGUNDO: Librese oficio al Jefe del Departamento de sistemas de Información Policial “S.I.P.O.L.” del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, a fin de que sea desincorporado de las pantallas del sistema policial los datos del joven adulto. TERCERO: Librese Boleta .....