Por los fundamentos de hecho y de derecho que se dejan expuestos, el Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil Bancario con Competencia Nacional y sede en la ciudad de Caracas (en transición), administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con el artículo 206 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con los artículos 94 y 96 del Decreto con fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, REPONE LA PRESENTE CAUSA contentiva del juicio de RESOLUCION Y NULIDAD DE CONTRATO y DAÑOS Y PERJUICIOS intentada por la Sociedad Mercantil COLESTIVOS METROPOLITANOS, C.A. contra BANESCO BANCO UNIVERSAL C.A., todos identificados en autos, al estado de pronunciarse nuevamente sobre la solicitud contenida en el escrito presentado en fecha 18 de marzo de 2006 en el sentido de ordenar el emplazamiento en calidad de tercero del Fondo Nacional de Transporte Urbano (FONTUR), de conformidad con .....