Con fundamento en las consideraciones anteriores, este Tribunal, administrando justicia, en nombre de la República y por la autoridad que le confiere la Ley, declara CON LUGAR la demanda por DESALOJO, interpuesta por el ciudadano FRANKLIN DA SILVA CONTRERAS, contra la ciudadana ALBA CONSUELO GARCÍA SUÁREZ, identificadas ut supra. En consecuencia, se condena a la parte demandada a lo siguiente:
PRIMERO: Desalojar el siguiente bien inmueble: habitación No. 10, de la casa No. 40, ubicada en Monte Piedad, calle Colombia, detrás de la estación del metro de Caño Amarillo, Municipio Libertador del Distrito Capital, con los siguientes linderos: Norte, casa que es o fue de Manuel Rodríguez; Sur, casa que es o fue de Antonio Álvarez; Este, calle pública y Oeste, calle pública; y entregarlo a la parte actora.
SEGUNDO: A pagar a la parte actora la cantidad de NUEVE CON 11/1OO BOLÍVARES (Bs. 9,11), por concepto de daños y perjuicios, por cada mes transcurrido desde febrero de 2008, hasta la últim.....