PRIMERO: con lugar la demanda intentada por el ciudadano de nacionalidad venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V- MATERANO YANEZ ROY PETER de nacionalidad venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº V- 11.480.923, asistido por el abogado. JOSE G ROMERO C Y inscritos en el I.P.S.A N°: 107.341 y 124.578 respectivamente. SEGUNDO: Se condena a la demandada: CONTRUCCES REGICA C.A Sociedad Mercantil inscrita ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda en fecha 08 de mayo de 1985, inserto bajo el N.05, tomo 26.-A-Pro, a pagar a la actora los conceptos de: diferencias de prestación de antigüedad, intereses sobre prestaciones, intereses de mora, vacaciones y bono vacacional fraccionados y utilidades fraccionadas, ASI SE DECIDE.-TERCERO: SE ORDENA la designación de un solo experto contable, cuyos honorarios correrán por cuenta de.....