Este TRIBUNAL SUPERIOR CUARTO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR las apelaciones interpuestas por los abogados, ERIC RAMON ARAUJO, abogado en ejercicio, de este domicilio, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 164.087, actuando en su carácter de apoderado judiciales de la parte demandada recurrente ciudadano DAVID ALEJANDRO TABERNERO QUINTELA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-11.945.029; y ROCÍO FARÍAS DE GARCÍA y MILENA MARIELA PÉREZ RUEDA, abogadas en ejercicio, de este domicilio, inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 64.282 y 82.043, respectivamente; apoderadas judiciales de la parte demandante.....