En virtud de lo precedentemente expuesto, este Juzgado Décimo Octavo (18º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales, interpuesta por el ciudadano FRANKLIN NOEL VARELA GUTIERREZ contra LUNCHERÍA RESTAURANT LA VICTORIA C.A., y en forma personal y solidaria contra JORGE CASTELLANOS PEREZ, CIELO ALEJANDRA FIAYO NUNCIRA y JESÚS ALBERTO PABON, condenándose a la parte demandada a pagar al referido ciudadano, los siguientes conceptos y cantidades:
Primero: Por antigüedad, cuatro mil setecientos setenta y nueve bolívares con diez céntimos (Bs. 4.779,1).
Segundo: Por vacaciones fraccionadas, mil veinticuatro bolívares (Bs. 1.024,00).
Tercero: Por bono vacacional fraccionado, mil veinticuatro bolíva.....