En el caso de autos, lo pretendido por la solicitante es que el Tribunal expida a su favor, título supletorio sobre un inmueble tipo apartamento, que de acuerdo con lo afirmado, ha arrendado y ocupado desde hace treinta y cinco (35) años, es decir, que su condición en el inmueble es la de ser un poseedor precario en nombre de otra persona, razón por la cual no puede este Tribunal, estando en conocimiento de ello, expedir un título supletorio a su nombre, toda vez que aquel que posee en nombre de otro no puede cambiar por si solo el titulo por el cual éste posee.