IV
DISPOSITIVO
Por lo tanto, habiéndose demostrado en autos que en la referida acta de registro civil se cometió un error material en la escritura del estado civil de los padres del solicitante JORGE RAFAEL CARNEVALI PARMA, identificado en autos, y siendo que en casos como el que ocupa al Tribunal no es necesaria la tramitación de un Juicio ordinario de rectificación del acta de nacimiento señalada en este fallo, es por lo que este Juzgado administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en forma sumaria RECTIFICA en los términos contenidos en el presente fallo, el acta de nacimiento del ciudadano JORGE RAFAEL CARNEVALI PARMA, que emana de La Primera Autoridad Civil de la Parroquia El recreo del Municipio Libertador del Distrito Capital, bajo el Nº 1552, folio 277 vto, año 1965, y así se decide.-
En consecuencia, se ordena la RECTIFICACIÓN del acta de nacimiento del ciudadano JORGE RAFAEL CARNEVALI PARMA, ya identificado en la p.....