(...) DECLARA: NO HA LUGAR, la calificación de despido, debido que no existe despido que calificar, en consecuencia, se ordena la REINCORPORACIÓN, del ciudadano JAVIER EDUARDO ARATIA HEREDIA a su puesto de trabajo en la sociedad mercantil INVERSIONES 7107 CAF, C.A., (PATATUS LATINO), en las mismas e idénticas condiciones en que se encontraba para el día veintinueve (29) de febrero de 2008, sin pago de salarios caídos, todo ello con ocasión a la solicitud que incoara el ciudadano JAVIER EDUARDO ARATIA HEREDIA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V- 6.152.971, en contra de INVERSIONES 7107 CAF, C.A., (PATATUS LATINO), Sociedad Mercantil debidamente inscrita en el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha quince (15) de febrero de 2001, bajo el N° 60, Tomo 509-A Qto.
No hay condena en costas dada la naturaleza de la presente decisión.
Por aplicación analógica de acuerdo a.....