Asimismo, las partes han llegado al presente acuerdo: La parte demandada ofrece pagar a la parte actora la cantidad de Bs.F.24.101,80, por los siguientes conceptos: prestación por antigüedad y días adicionales, vacaciones fraccionadas, bono vacacional fraccionado, días de vacaciones establecidos en la convención colectiva, sueldo dejado de percibir, bono productivo, salario de eficacia atípica, indemnización por despido injustificado, indemnización sustitutiva de preaviso, utilidades fraccionadas, intereses sobre prestaciones sociales. Asimismo, las partes reconocen como fecha de ingreso el 20-05-2008 y como fecha de egreso el 30-04-2009, desempeñándose en el cargo de Supervisor. En este orden de consideraciones, las partes acuerdan materializar y recibir el pago en dos partes, a razón de Bs.F.12.050,90 cada una de las partes, las cuales se efectuarán la primera de ellas en fecha 02-07-2010 y la segunda de ellas el 02-08-2010, mediante cheque a favor del ciudadano JOSÉ GREGORIO PADRÓN.....