VI. DISPOSITIVA
En mérito de los razonamientos de hecho y derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 08 de diciembre de 2014, por el abogado RAMON IGNACIO GONZALEZ, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, contra la decisión proferida en fecha 10 de octubre de 2014 por el Juzgado Duodécimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró Con Lugar la demanda, ordenando la entrega del inmueble de autos a la parte actora, y asimismo, condenó a la parte demandada a pagar a la parte actora la cantidad de UN MIL DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs. 1.200,oo) por concepto de gastos de condominio, así como al.....