Con fundamento en los motivos antes expresados, este Juzgado Octavo Superior del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; Declara que los Tribunales competente por el territorio para conocer el presente juicio de demanda por enfermedad ocupacional incoado por el ciudadano JOSE DAVID SALAZAR FLORES en contra de la sociedad Mercantil CELOVEN, C.A., corresponde a los Juzgados de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Primera Instancia del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua con sede en la Victoria.
Se confirma la decisión recurrida de fecha 15 de mayo de 2015, emanada del Juzgado Décimo Tercero (13°) de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial, en la que declinó su competencia a favor de los Tribunales de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Primera Instancia del Circuito Jud.....