Por todos los razonamientos expuestos, esta Sala Sexta de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
1. SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la ciudadana Morelba González, Defensora Pública Auxiliar Quinta (5ª) Penal del Área Metropolitana de Caracas, quien actúa en su condición de defensora del acusado LARRI GREGORIO AGRINZONES VILLEGAS, titular de la cédula de identidad número Nº V-12.668.223, en contra de la sentencia definitiva dictada al finalizar el juicio oral y público, el 28 de noviembre de 2014, cuyo texto íntegro fue publicado el 6 de febrero del 2015, por el Juzgado Cuarto (4º) Itinerante de Primera Instancia en Función de Juicio de este Circuito Judicial Penal, por la cual CONDENA al mencionado ciudadano a cumplir la pena de DIECIOCHO (18) AÑOS DE PRISIÓN, así como la pena accesoria prevista en el artículo.....