DISPOSITIVA
Por virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Duodécimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos GUSMARY ISAMAR PONCE MACHADO y LUIS ERNESTO MELENDEZ SANDOVAL, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nº V-20.676.338 y V-17.614.016, respectivamente.-
SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior queda DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído por ambos en fecha 22 de septiembre de 2006, ante el Concejo Municipal del Municipio Sucre del Estado Miranda; asentada en el Acta N° 86, del año 2006.
TERCERO: Líbrense sendos oficios de participación a las autoridades correspondientes y anéxese copias certificadas de la presente decisión, conforme lo establecen los artículos 111 y 112 del Código de.....