En virtud de los razonamientos anteriormente expuesto, este Juzgado Tercero (3°) Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en 07 de enero de 2019, por la abogada Aleyda Méndez de Guzmán, inscrita en el I.P.S.A., bajo el Nº 11.243, en su carácter de apoderada judicial del tercer interesado INSTITUTO NACIONAL DE CAPACITACION Y EDUCACION SOCIALISTA INCE., contra la sentencia de fecha 14 de diciembre de 2018, dictada por el Juzgado Quinto (5º) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de esta Circunscripción Judicial; SEGUNDO: Se confirma el fallo apelado; TERCERO: CON LUGAR la demanda en nulidad de acto administrativo incoada por la ciudadana DAIRY ELIANY MORENO URDANETA, titular de la cédula de identidad número V- 20.914.109, contra la PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA Nº 0026.....