IV
DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho expuestas, este Tribunal Primero de Ejecución de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad conferida en la ley decreta la EXTINCIÓN DE LA SANCIÓN POR MUERTE, de quien en vida respondiera al nombre de (IDENTIDAD OMITIDA), a quien se le sigue la causa signada bajo el número de expediente 1°E-546-09, nomenclatura de este Despacho Judicial, todo de conformidad con los artículos 103 del Código Penal vigente aplicable por remisión expresa del artículo 537 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y de Adolescentes.
Publíquese. Diarícese. Guárdese copia de la presente por Secretaría, en los copiadores que a tales efectos se llevan en este Tribunal. Notifíquese a las partes. Espérese el lapso legal y remítase a las Oficinas de Archivo de Expedientes Penales. Cúmplase
EL JUE.....