En razón de todos los argumentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: La confesión ficta del ciudadano Franklin Leonardo Trujillo; y en consecuencia, con lugar la pretensión de resolución judicial contenida en la demanda incoada por la sociedad mercantil "Banco Provincial, S.A., Banco Universal", ambas partes identificadas en el encabezamiento del presente fallo.
SEGUNDO: Como consecuencia de la condena anterior, se declara resuelto el contrato de venta con reserva de dominio suscrito el día 11 de febrero de 2010, archivado ante la Notaría Pública Novena del Municipio Chacao del estado Miranda, bajo el número 156; así como también, que las cantidades pagadas por la parte demandada queden en beneficio de la parte actora, a título de indemnización por el uso del.....