VI
DISPOSITIVO DEL FALLO
Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República, por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación ejercido contra la sentencia proferida por el Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de fecha 04 de junio de 2008, la cual queda modificada al resultar improcedente la condenatoria en costas que había sido impuesta a la parte actora.
SEGUNDO: INADMISIBLE en forma sobrevenida la acción de amparo constitucional interpuesta por los ciudadanos YARELIS J. CORREA P. y CARLOS E. PIÑANGO, representados por el abogado EDUARDO J. MOYA TOTESAUT contra los ciudadanos EARLE SISO GARCIA, PEDRO D. GONZALEZ, la ciudadana ANAIZ MARTINEZ y BANESCO BANCO.....