Se decreta la Separación de Cuerpos, en los mismos términos, fines y condiciones por ellos expuestos en su solicitud y se homologó todo lo referente a la Patria Potestad, Responsabilidad de Crianza, Obligación de Manutención y Régimen de Convivencia Familiar, a favor de los niños XXXX y XXXX, de ocho (08) y cinco (05) años de edad; respectivamente.