DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Vigésimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la acción que por RESOLUCION DE CONTRATO sigue la Sociedad Mercantil OPTICA COLIBRI, contra la ciudadana ANABEL OROZCO GARCIA. En consecuencia se condena a la parte perdidosa demandada a:
PRIMERO: Se declara resuelto el contrato de arrendamiento, suscrito entre las partes en fecha 01 de Julio de 2.006, según se desprende de documento privado reconocido por las partes a lo largo de esta lid y se ordena a tal efecto, la entrega material a la actora del fondo de comercio con todos los bienes, muebles, instalaciones y enceres que lo conforman.
No hay condenatoria en costas por la naturaleza del fallo.
Déjese copia certificada en el copiador respectivo, de conformidad con el artículo 248 del Có.....