Hoy, 17 de noviembre de 2010 día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, se deja constancia de la incomparecencia del ciudadano JOSÉ ALFREDO JIMENEZ OSORIO, cédula de identidad NºV-19.916.200, en su carácter de parte Actora, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno. Asimismo, se deja constancia de la comparecencia de la parte Demandada INVERSIONES FG 1083, C.A., a través de su apoderado judicial, ciudadano JESÚS ANTONIO LEOPOLDO RONDÓN, abogado, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº97.802, acreditación que consta en autos. En este orden de consideraciones, y de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO.