Así pues, se entiende que el desistimiento es el acto jurídico que consiste en la renuncia positiva y precisa que realiza el actor o interesado a los actos del juicio, es decir, el abandono de la instancia, la acción u otro tramite del procedimiento, en cualquier estado o grado de la causa.
En el caso en autos, el apoderado judicial de la parte accionante apelante, quien posee las facultades para desistir del procedimiento interpuesto presentó solicitud de desistimiento del mismo, por lo que hay razones suficientes para homologar dicha manifestación de voluntad; y en consecuencia, esta Alzada declara la HOMOLOGACION DEL DESISTIMIENTO del recurso de apelación interpuesto contra la decisión de fecha 29 de noviembre de 2018, emanada del Tribunal Quinto (5º) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en consecuencia, tiene el carácter de cosa juzgada, declarándose terminado el presente juicio y el archivo físico del expediente, así.....