PRIMERO: DESISTIDA la apelación interpuesta en fecha 16 de Mayo de 2005, por el abogado VICTOR FONSECA, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, contra la decisión de fecha 04 de Agosto de 2005, dictada por el Juzgado Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, oída en ambos efectos el 23 de Mayo de 2005. SEGUNDO: SE CONDENA en costas del recurso a la parte demandada.