Con base en las consideraciones expuestas este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: EL DESISTIMIENTO de la demanda de nulidad interpuesta por la sociedad mercantil N.E.G.J.C STEPHAN INVERSORA C.A., contra la providencia administrativa Nº 806-11 de fecha 19-10-2011, emanada de la Inspectoría del Trabajo en el Este del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual se declaró con lugar el reenganche y el pago de los salarios caídos del ciudadano GUSTAVO JUNIOR MEZA FANDIÑO.