Esta Juez Unipersonal N° 14, RATIFICA la MEDIDA DE PROTECCIÓN, MODALIDAD DE COLOCACIÓN PROVISIONAL EN ENTIDAD DE ATENCIÓN, dictada en fecha 17 de mayo de 2007, a favor de la niña XXXX, a ejecutarse en la Entidad de Atención "Santa María de la Caridad", ubicada en: Avenida Tiuna. Zona D-1. Quinta Las Niñas. Urbanización Macaracuay, Caracas, todo de conformidad con lo previsto en el Articulo 126 "literal" "i", ibidem.
Considerando lo anteriormente expuesto, este Tribunal acuerda oficiar a Entidad de Atención "Santa María de la Caridad", a fin que traslade en compañía del funcionario(a) respectivo, a la niña XXXX, con objeto que ésta última sea escuchada por la Juez de este despacho, de conformidad con lo establecido el artículo 80 ejusdem.