Por todos los razonamientos antes expuestos, esta Juez Unipersonal de la Sala de Juicio XIV del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DICTA MEDIDA DE PROTECCIÓN DE CARÁCTER TEMPORAL Y DE CUMPLIMIENTO INMEDIATO a favor de la niña XXXX, ante solicitud planteada por su madre, ciudadana SHEILA FONSECA RIVAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.042.926, debidamente asistida por las abogadas en el libre ejercicio VALERI M. RIESCH M. y GINA M. DE SOUSA G., inscritas en el Inpreabogado bajo los Nros. 89. 223 y 131.048 respectivamente; Medida de Protección estipulada en los siguientes términos: PRIMERO: Se ordena a la niña XXXX, acuda a terapia Psicológica, con el Dr. JUAN NACIMENTO, Psicólogo Infantil, ubicado en Anexo del Hospital de Clínicas Caracas, Mezzanina, Consult.....