CON LUGAR, la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos JOSE ADELIO VASQUEZ DEL ROSARIO y OCTAVIA ADELA YANEZ DE VAZQUEZ, ya identificados up-supra.
SEGUNDO: Como consecuencia del particular anterior queda DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído por ambos en fecha 21 de diciembre de 1966, ante el Registro Civil de la Parroquia El Recreo, Municipio Libertador del Distrito Capital, según consta en acta No. 534, folio 134, libro 9, año 1966, del Libro de Registro Civil de Matrimonios llevado por esa entidad.
TERCERO: Líbrense oficios al Registro Civil de la Parroquia El Recreo, Municipio Libertador del Distrito Capital, al Registro Principal del Distrito Capital y de conformidad con lo establecido en el artículo 51 de la Resolución número 100623-0220 de fecha 23 de junio de 2010, emitida por el Consejo Nacional Electoral (CNE) y publicada en la Gaceta Oficial número 39.461 de fecha 08 de julio de 2010, se acuerda remitir copia certificada de la Sentencia y del auto de ejecu.....