En consecuencia, DECLINA la competencia de la presente causa a un Juzgado de Primera Instancia Civil, Mercantil y del Tránsito del Área Metropolitana de Caracas para que conozca del presente asunto, por lo que se ordena: PRIMERO: Remitir el expediente al Tribunal Distribuidor de los Juzgados de Primera Instancia Civiles, Mercantiles y del Tránsito del Área Metropolitana de Caracas, una vez vencidos los lapsos para ejercer los recursos contra la presente decisión. SEGUNDO: Dada la naturaleza del presente fallo no hay condenatoria en costas.