INCOMPETENTE para conocer del presente recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la abogada ANA MERCEDES BRIÑEZ ROMERO, en su condición de apoderada judicial de la empresa CARIBE NAUTICA, C.A., contra los siguientes actos administrativos: Providencia administrativa de fecha 20 de mayo de 2009, Certificación N° 0019-09 de fecha 21 de mayo de 2009 e Informe de Dictamen Pericial de fecha 20 de enero de 2009, emanados del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL), y en consecuencia este Tribunal plantea en conflicto negativo de competencia suscitado entre este Juzgado y el Juzgado Superior Tercero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, en tal sentido, se ordena la remisión del presente expediente a la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia.