En fuerza de los razonamientos que anteceden, este Juzgado Sexto de Municipio de esta Circunscripción Judicial en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara la CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la separación de cuerpos de los cónyuges los ciudadanos RAMON ENRIQUE MORALES RAMA y MARISABEL ORTA CARBALLO, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-14.142.546 y V-14.965.929, respectivamente, decretada el quince (15) de marzo de 2010, en consecuencia, disuelto el vínculo que los unía, en virtud del matrimonio celebrado en fecha treinta y uno (31) de mayo de 2008, ante la Oficina de Registro Civil de la Parroquia El Cafetal del Municipio Baruta del Estado Miranda, según consta de Acta de Matrimonio Nº 90, del libro N° 1. Por lo que se ordena participar del presente fallo a las autoridades competentes, a los fines indicados en los artículos 475 y 506, ambos del Código Civil Venezolano.